En el mes de abril de 2020, la Fundación Derecho Sin Fronteras presentó un recurso de Hábeas Corpus por no permitírsele a un extranjero la entrada al país. Cabe destacar, que las circunstancias del caso eran atípicas, por lo que sin duda cabía una vulneración a un derecho fundamental.
¡La Fundación DSF está con ustedes!
Gracias a este mecanismo legal, se le permitió a la costarricense y a su cuidador extranjero ingresar a Costa Rica en tiempos de pandemia, obligándose así se le otorgara visa humanitaria al extranjero.
DSF no alegaba por el derecho del extranjero como tal, si no del derecho de la tutelada. Dicho recurso, fue presentado en aras de que el guardián constitucional, la Sala Constitucional, valorara que la persona que ameritaba ingresar al país en compañía de un extranjero, era de nacionalidad costarricense. La costarricense se encontraba impedida para viajar por sus propios medios, debido a una enfermedad degenerativa severa que padece, y la persona extranjera es su cuidador. A pesar de la imposición de las autoridades en Migración y Salud, la Sala Constitucional consideró irrazonable la medida tomada en ese caso en especifico, esto en razón de que la persona costarricense sufría peligro al viajar sola, en esta oportunidad era para trasladarse a territorio nacional y sin compañía de personal médico capacitado.
La resolución fue consignada bajo el número 2020007611 de las nueve horas veinte minutos del veintiuno de abril de dos mil veinte; otorgándosele al extranjero visa humanitaria en tiempos de COVID.
¡Fundación Derecho Sin Fronteras haciendo jurisprudencia en materia de derechos fundamentales!
Mediante un recurso de hábeas corpus, DSF accionó los mecanismos legales para permitir el ingreso de cuidador extranjero para apoyar a costarricense que se encontraba en el extranjero por atención médica en razón de su enfermedad degenerativa.
¡Fundación Derecho Sin Fronteras haciendo jurisprudencia en materia de derechos fundamentales!